En el comercio internacional y en el contexto mundial de los negocios internacionales, el dinamismo de las relaciones contractuales es una realidad. Los usos y prácticas del comercio tienen más peso que las rígidas normas imperativas de sistemas jurídicos invariables que se ven rebasados.
No cabe duda que el derecho internacional está en pleno desarrollo y crecimiento, tanto en número como en eficiencia; mientras que las normas domésticas se han caracterizado por su inflexibilidad y la poca eficacia en su aplicación.
Las llamadas reglas Incoterms® tienen esa gran ventaja como instrumento de la contratación internacional, como parte del Soft Law, no son grilletes que obstaculizan o entorpecen las operaciones del comercio internacional, sino que son instrumentos para que el vendedor y el comprador tenga la suficiente certeza jurídicas de sus obligaciones y de los alcances de sus acuerdos.
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